El planeamiento urbanístico supramunicipal en Aragón
de las Normas Subsidiarias Provinciales a la Directriz de Urbanismo
DOI:
https://doi.org/10.71296/raap.256Palabras clave:
urbanismo, planeamiento supramunicipal, directriz de urbanismo, normas subsidiarias, normativas directoras para la ordenación urbanística, directrices subregionales de ordenación del territorioResumen
La necesidad de un planeamiento urbanístico supramunicipal que supla la inexistencia de planeamiento municipal o que lo encuadre y complemente cuando exista quedaba cubierto en el sistema del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1976 y el Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1978 por las Normas subsidiarias provinciales. A partir de ese precedente, las comunidades autónomas han ido articulando sus propias figuras de planeamiento supramunicipal, con una tendencia a encomendar esa función a los planes de ordenación del territorio —como en Andalucía— o a crear instrumentos mixtos, como en Castilla y León o como es el caso de la Directriz de urbanismo aragonesa.
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