Relaciones interadministrativas. Convenios y órganos de cooperación
DOI:
https://doi.org/10.71296/rarap.426Palabras clave:
cooperación, colaboración, convenios, bilateralidadResumen
El tratamiento legal aragonés de las relaciones interadministrativas es plenamente coherente con el Estatuto de Autonomía y con la legislación estatal básica, y aporta valor al precisar detalles técnicos en lo tocante a los convenios interadministrativos, aprovechando la experiencia de la ley de convenios de 2011. En cuanto a los órganos de cooperación, solo la Comisión Bilateral Aragón-Estado cuenta con una regulación exhaustiva, en línea con su nivel de actividad.
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