Las prohibiciones de contratar en la Ley de contratos del sector público

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.71296/rarap.583

Palabras clave:

prohibiciones de contratar, contratos públicos, capacidad para contratar, igualdad de oportunidades, interés público

Resumen

En este artículo se ponen de relieve los fundamentos y características de las «prohibiciones de contratar», es decir los obstáculos, preestablecidos en la Ley, que hacen jurídicamente inviable la participación de ciertas personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, en el sistema de la contratación pública. Además de los requisitos de capacidad, solvencia y habilidad de quienes aspiran a colaborar con los poderes públicos en la realización de sus fines, vinculados a la necesidad de asegurar la «limpieza» e igualdad de oportunidades en la contratación pública, las prohibiciones están previstas precisamente para impedir la manipulación de los intereses generales y los fracasos de las acciones públicas. Sin embargo, incomprensiblemente, los distintos tipos o causas de prohibición se aplican de forma desigual a los Entes que tienen la condición de Administración Pública y a otros entes del sector público. Si la única y objetiva finalidad de las prohibiciones de contratar es evitar que quienes hayan tenido unas determinadas conductas indignas, es decir, no lícitas, formen parte del sistema de contratación pública, no se entiende la razón por la que dichas prohibiciones no operan en todo el sector público.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Descargas

Publicado

2009-02-13

Cómo citar

Bermejo Vera, J. (2009). Las prohibiciones de contratar en la Ley de contratos del sector público. Revista Aragonesa De Administración Pública, (10), 109–140. https://doi.org/10.71296/rarap.583